Regularizar inscripción de propiedades

¿A que se refieren con regularizar propiedades despues de cinco años?

Como ya sabrán, para que una persona sea considerada poseedora de un bien raíz, debe inscribirlo en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, pero no es poco común que las personas ignoren este importante detalle dejando esa situación pendiente e incompleta durante incluso años. 📝🏦

Sin embargo, la ley establece ciertos casos en que permite corregir esta situación a través de lo establecido en el decreto ley 2695 que permite sanear pequeñas propiedades raíces, si se cumplen ciertos requisitos muy específicos, con el fin de que la persona pueda inscribir la propiedad a su nombre en el Conservador de Bienes Raíces. 🏡🏦

A pesar de que hace referencia al tamaño, lo que en verdad toma en cuenta es la tasación fiscal que varía dependiendo si la propiedad es urbana o rural, además de requerir haber vivido en esa propiedad durante un mínimo de 5 años, de forma tranquila y pacífica, además de otros requisitos que conoceremos más adelante. 🔎👨

Si tienes alguna pregunta, necesitas asesoria o sientes interes por el tema, te invito a comentar o contactarnos a traves de nuestra pagina.

Saludos.

2 comentarios en “¿A que se refieren con regularizar propiedades despues de cinco años?”

  1. Tengo derechos desde hace poco de dos propiedades que estaban botadas hace más de 20 años, las quiero regularizar, pero los demás herederos no están dispuestos ha realizar ninguna gestión, simplemente no les interesa

    1. Hola Jorge, existe la posibilidad de iniciar el trámite incluso si los demás herederos no están interesados, pero en el formulario deberás indicar que existen personas que también tienen derechos sobre esas propiedades, sin embargo, no solo es importante el tema de los derechos, sino también debes cumplir otros requisitos clave, como haber vivido en la propiedad que quieras regular al menos cinco años de forma ininterrumpida, pacifica y sin clandestinidad, que su avaluó fiscal no supere los 800 UTM si es rural o 380 UTM si es urbano, entre otros, si desea que conozca el tema con más detalle puede comunicarse al correo andres@leyesinmobiliarias.cl o al número +569 7580 2312 para solicitar una hora para una asesoría.

      Saludos.

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