Las personas que adquieren bienes raíces buscan asegurar a hijos y en algunos casos, a nietos, un lugar donde vivir o una inversión, queriendo transferirles bienes raíces sin embargo, a veces estos siguen siendo niños pequeños o menores de edad, lo cual complica la situación. 🧔👦
Por lo general se requiere ser mayor de edad para llevar a cabo este contrato ya que a partir de los 18 años uno adquiere plena capacidad para contratar, si el menor quisiera comprar tendría que actuar a través de su representante legal, usualmente padre o madre. 👩👨🧑
Sin embargo, se puede señalar en el contrato que el adulto compra para el niño, convirtiéndose este en el único responsable de la compraventa desde el punto de vista legal y tributario, si el SII tiene sospechas, puede investigar el vinculo que existe entre el adulto y el menor de edad. 🏠💵
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