En la compraventa, el vendedor y el comprador tienen obligaciones que cumplir, por un lado, el comprador paga el precio y aceptar el objeto que se vende, el vendedor entrega el objeto que vende y por sobre todo debe corregir ciertos vicios que pueda tener la propiedad. 🏡🧒💵👩💻
Una de las situaciones que debe corregir el vendedor es conocida como los vicios redhibitorios, los cuales son problemas que acarrea la propiedad y que no le permiten cumplir su función para la que fueron creadas o que tiene dificultades para darle ese uso (por ej: si hablamos de una casa, podría ser que no sea apta para vivir o que tenga problemas que lo dificulte), en tal caso se podría dejar sin efecto la compraventa, pero deben cumplirse ciertos requisitos. 🏚🤔
1.- Este problema debe originarse antes de la venta. ⏱
2.- Que este problema no le permita a la cosa cumplir su función o la cumple imperfectamente, de tal forma que de conocer el problema el comprador no la hubiera comprado o lo hubiera hecho a un precio más bajo. 💸😐
3.- Que el vendedor no nos haya informado con anterioridad de este problema, en especial cuando tenga una profesión u oficio que le haya podido ayudar a identificarlo, en tal caso se le podrá pedir también una indemnización por los perjuicios. 📢
En el caso de que se venda la propiedad y el vendedor no tuviera idea de que el problema existía y no tenía una profesión que le hubiera permitido conocer ese inconveniente, solo le podrá pedir la restitución o rebaja de precio, por regla general, existirá el plazo de un año para ejercer este derecho desde la entrega de la propiedad. 🗓
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