A veces, durante el arrendamiento es posible que el arrendatario realice instalaciones o mejoras que aumenten el valor del bien raíz, a este se le conoce como mejoras útiles, por lo general, el arrendatario no esta obligado a realizar estas acciones. 🏡❌🔨
Un aspecto importante es que, si el arrendatario realiza estas mejoras, el arrendador no estará obligado a reembolsárselas según lo establecido en el articulo 1936 del Código Civil, salvo que expresamente el arrendador haya accedido a pagarlas. 🧑🦰💵
Lo que si puede hacer el arrendatario es separarlas y llevárselas consigo, siempre y cuando no cause daño al inmueble arrendado, en ese caso, el arrendador puede pagar el costo de estas para conservarlas. 🧑🦰💵👩
Si necesitas asesoría, tienes dudas o sientes interés por el tema, te invito a contactarnos al numero +569 7580 2312, comentar o comunicarte a través de nuestra pagina www.leyesinmobiliarias.cl
Saludos.
